Este lunes 4 de enero, se ha publicado una comunicación de la Delegación del Gobierno de Extremadura con las instrucciones de cómo deben desarrollarse las Cabalgatas de los Reyes Magos.
En dicha comunicación se hace referencia a la publicación del pasado 11 de diciembre en el DOE de la Resolución de 11 de diciembre de 2020, del Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales, donde se dispuso la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 9 de diciembre de 2020, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se adoptaban, además de ciertas recomendaciones, otras medidas especiales excepcionales de carácter temporal en materia de salud pública relativas al desarrollo de las fiestas navideñas.
En el punto 3 del Anexo del citado acuerdo, se determina las condiciones de celebración de actos y eventos navideños, destacando expresamente la prohibición de las cabalgatas de reyes celebradas en el modo tradicional, esto es, a modo de desfile de carrozas en vías y espacios públicos que pueden atraer a una gran afluencia de público, constituyendo un riesgo importante de contagios y propagación del coronavirus.
En esta comunicación se realiza un llamamiento a la ciudadanía en general y especialmente a quienes asumen responsabilidades públicas, como son los alcaldes, a fin de que extremen el cumplimiento de las medidas sanitarias referidas al desarrollo de los eventos navideños.
Por ello, en dicha instrucción se destaca que, con carácter general, no podrán desarrollarse cabalgatas de reyes de carácter dinámico al modo tradicional que comporten desfiles y su consiguiente acompañamiento público. Podrán sustituirse por actos estáticos, virtuales u otras modalidades siempre que quede garantizado el control del público asistente. Cuando por el lugar o por otras circunstancias no pueda garantizarse dicho control de aforos y presencia de públicos tales actos no podrán llevarse a cabo.
En ningún caso podrá celebrarse acto o evento de tipo alguno cuando se prevea una afluencia o participación simultánea superior a quinientas personas.
Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad velarán especialmente por el cumplimiento de las medidas reseñadas en la presente comunicación y en las disposiciones emitidas por las autoridades competentes limitando su participación en los actos y eventos aludidos a la vigilancia de la salud y seguridad ciudadanas y a la eventual corrección de comportamientos que constituyan un riesgo para ellas.
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