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Guía básica sobre las nuevas medidas por el 'Estado de Alarma'
COVID-19

Guía básica sobre las nuevas medidas por el 'Estado de Alarma'

Fernando Negrete Sosa y ayuntamiento de valverde de leganés

Domingo, 15 de marzo 2020, 20:56

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Desde el Ayuntamiento de Valverde de Leganés se está facilitando mucha información para llevar a cabo las medidas interpuestas por la aplicación del Real Decreto 'Estado de Alarma' del Gobierno de España.

A continuación, se responde a algunas de las dudas que pueden surgir:

¿Se han cerrado las fronteras?

No, se puede cruzar de un país a otro.

¿Puedo viajar en transporte?

Sólo si es imprescindible. Aviones, trenes, barcos y autobuses interurbanos o urbanos sólo estarán ocupados al 50% de su capacidad.

¿La gente puede salir a la calle?

Sólo si es imprescindible. Las excepciones son comprar alimentos, fármacos, ir al banco y a hospitales. También ir a trabajar si no hay otra alternativa. Además, pueden ir a los quioscos ya que están abiertos y se continúa haciendo la distribución habitual de diarios.

¿La policía puede pedirme una justificación por salir?

Sí.

¿Se puede viajar si se regresa a la localidad de la residencia habitual?

Sí.

¿Se puede entrar o salir de los municipios?

Los ciudadanos sólo pueden moverse por estricta necesidad. Sólo lo pueden hacer los servicios esenciales (seguridad y emergencias, electricidad, agua potable, combustibles, gas, telecomunicaciones, permisos penitenciarios, residuos urbanos e industriales, residuos sanitarios, suministros sanitarios y de farmacia, distribución alimentaria humana y para granjas y centros de animales).

¿Puedo encontrarme una carretera cortada?

Sí, el Ministerio de Interior podrá acordar el cierre de carreteras.

¿Estará abiertas las tiendas de alimentos o supermercados?

Sí, se consideran un servicio esencial.

¿Puedo ir a la peluquería o a la tintorería?

Sí, para la atención a personas con movilidad reducida.

¿Los suministros en supermercados y restaurantes están asegurados?

La distribución alimentaria está considerada un servicio esencial y se coordinará con plataformas de distribución de llegada de productos básicos.

Soy persona dependiente. La persona que me asiste, ¿podrá venir?

Sí, forma parte de los servicios esenciales permitidos. El cuidad a los vulnerables como mayores, menores y personas con discapacidad.

¿Tengo que ir a trabajar el lunes?

En la medida de lo posible, no. Los empleadores, tanto públicos como privados, estarán obligados a facilitar medidas que permitan la prestación laboral o funcionarial de los empleados por medios no presenciales siempre que ello sea posible.

¿Puedo llevar a los niños al parque?

No, no es ni imprescindible ni recomendable para su salud y para los otros.

¿Puedo sacar a pasear al perro?

Sí, manteniendo las distancias y medidas de seguridad.

¿Puedo salir a corres o ir en bici?

No, sólo se puede salir a la calle en caso de 'fuerza mayor' debidamente justificado.

¿Puedo ir a bares, restaurantes, cine, teatro, o bibliotecas?

Están cerrados desde el día 14 de marzo y durante 15 días.

Tengo una cita médica. ¿Puedo ir?

Si no es urgente, mejor aplazarla.

¿Está garantizada la limpieza en el transporte?

Los vehículos se limpiarán con desinfectantes a diario.

¿Hay teléfono de información centralizado?

Sí hay síntomas de enfermedad cada CC.AA ha establecido números para ello. En el caso de Extremadura es el 112.

¿Están asegurados los servicios de emergencia?

Sí.

¿Qué se considera un servicio esencial?

Seguridad y emergencias, electricidad, agua potable, combustible, gas, telecomunicaciones, permisos penitenciarios, residuos urbanos e industriales, residuos sanitarios, suministros sanitarios y de farmacia, distribución alimentaria humana y para granjas y centros de animales, animales vivos y/o muertos.

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