Infracciones y sanciones con motivo del Estado de Alarma
Desde el Ayuntamiento de Valverde de Leganés se ha informado a los vecinos de la localidad sobre las infracciones y sanciones que existen con motivo ... del Estado de Alarma aplicado por la propagación del coronavirus.
Ahora hay que tratar de parar la propagación de dicha pandemia mundial y por eso es muy importante respetar todas las medidas e indicaciones que se han tomado y que han trasladado desde las autoridades correspondientes.
Muchos valverdeños han captado el mensaje quedándose en sus hogares sin salir, pero hay otros tantos que aún no se han concienciado y por dicho motivo, desde el consistorio y las autoridades, se publica esta información para que tengan en mente las sanciones que existen y que son las siguientes:
Calificación Leve
La remoción de vallas, encintados u otros elementos fijos o móviles colocados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para delimitar perímetros de seguridad, aún con carácter preventivo, cuando no constituya infracción grave.
Sanción de entre 100 y 600 euros.
Calificación Grave
La desobediencia o resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación.
Sanción de entre 601 y 30.000 euros.
La realización de conductas u omisiones que puedan producir un riesgo o un daño grave para la salud de la población, cuando ésta no sea constitutiva de infracción muy grave.
Sanción de entre 3.001 y 60.000 euros.
En las emergencias declaradas, el incumplimiento de las órdenes, prohibiciones, instrucciones o requerimientos efectuados por los titulares de los órganos competentes o los miembros de los servicios de intervención y asistencia, así como de los deberes de colaboración a los servicios de vigilancia y protección de las empresas públicas o privadas, cuando no suponga una especial peligrosidad o trascendencia para la seguridad de las personas o los bienes.
Sanción de entre 1.501 y 30.000 euros.
Calificación Muy Grave
La celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas quebrantando la prohibición o suspensión ordenada por la autoridad correspondiente por razones de seguridad pública.
Sanción de entre 30.001 y 600.000 euros.
La realización de conductas u omisiones que produzcan un riesgo o un daño muy grave para la salud de la población.
Sanción de entre 60.001 y 600.000 euros.
El incumplimiento, de forma reiterada, de las instrucciones recibidas de la autoridad competente o el incumplimiento de un requerimiento de esta, si este comporta daños graves para la salud.
Sanción de entre 60.001 y 600.000 euros.
En las emergencias declaradas, el incumplimiento de las órdenes, prohibiciones, instrucciones o requerimientos efectuados por los titulares de los órganos competentes o los miembros de los servicios de intervención y asistencia, así como de los deberes de colaboración a los servicios de vigilancias y protección de las empresas públicas o privadas, cuando suponga una especial peligrosidad o trascendencia de la seguridad de las personas o bienes.
Sanción de entre 30.001 y 600.000 euros.
Calificación de Delito de Desobediencia - Código Penal
Los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieran o desobedecieran gravemente a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Sanción de 3 a 18 meses de prisión.
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